viernes, 7 de septiembre de 2012

Concentración nacional de estafad@s por las preferentes y otros productos tóxicos




Estafabanca Valenciana ha intentado en varias ocasiones realizar una manifestación en Madrid a nivel nacional. Nos hemos puesto en contacto con las múltiples plataformas de todo el país, tanto Estafabanca como otras, de estafad@s por preferentes y otros productos. En todas las ocasiones ha resultado complicado poner de acuerdo a tod@s con la misma fuerza para seguir adelante en una convocatoria estatal en Madrid.

Por ello y dado que no tenía sentido alguno que Estafabanca Valenciana viajara sola a Madrid y ya que la Comunidad Valenciana está gobernada por el PP, el mismo partido que el gobierno central, así como que la central de Bankia está en Valencia, creemos oportuno convocar por primera vez a nivel nacional en Valencia.

Es importante que nos oigan y nos vean tanto las entidades bancarias como el gobierno. En Valencia nos vamos a manifestar por primera vez gente estafada de todo el país!!!! la próxima, en Madrid.


lunes, 3 de septiembre de 2012

Anáisis de nuestro experto sobre el RDL 24/2012

RESUMEN DE NUESTRO EXPERTO DE LO MÁS IMPORTANTE DEL RDL 24/2012 RESPECTO NUESTROS PROBLEMAS:

De lo  que yo he interpretado del RDL + lo que he investigado en inet / foros, se puede entender lo siguiente:

1 – Se definen 3 grupos diferentes de entidades:

A). Entidades con problemas leves y que pueden ser viable por sus propios medios. El FROB  realizara una intervención inmediata con los llamados “cocos” (obligaciones convertibles en acciones) a devolver en dos años.

B) Entidades con debilidades transitorias. El FROB realizara una restructuración de la entidad a través de la inyección de fondos públicos (garantías del estado, préstamos, cocos, etc.)

C) Entidades inviables. El FROB realizara una venta ordenada de la entidad, dividiéndola en trozos para su venta, pudiéndose plantear salvar las partes que sean viables.


También se hace mención a las denominadas “entidades sistémicas”, que son aquellas que en caso de quiebra, podrían perjudicar al sistema financiero mundial / al estado español, en las cuales nunca se aplicara la opción C.

Posiblemente las entidades estarían catalogadas de la siguiente forma:

A-    Bankia (esta ultima considerada sistémica)

B-    Catalunya Caixa / NCG

C-    Banco de Valencia


 Es muy importante como estafados, la clasificación que se le de a las entidades, pues esta repercutirá en el valor de los productos financieros de los que seamos tenedores.



2 – Imposibilidad de utilizar la vía judicial:

Artículo 72. Imposibilidad de ejecución de sentencia dictada en los recursos contencioso-administrativos a que se refieren los artículos 70 y 71.

1. El Banco de España o el FROB podrán alegar ante la autoridad judicial las causas que determinen la imposibilidad material de ejecutar una sentencia que declare contraria a derecho alguna de las decisiones o de los actos previstos en los artículos 70 y 71. El Juez o Tribunal apreciará la concurrencia o no de dichas causas y fijará, en su caso, la indemnización que deba satisfacerse de acuerdo con el criterio de atribución de responsabilidad fijado en el artículo 70. El importe de la citada indemnización alcanzará, como máximo, la diferencia entre el daño efectivamente sufrido por el recurrente y la pérdida que habría soportado en caso de que, en el momento de adoptarse la correspondiente decisión o acuerdo, se hubiera producido la liquidación de la entidad en el marco de un procedimiento concursal.

2. Al valorar las causas que determinan la imposibilidad material de ejecutar una sentencia, de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior, el Juez o Tribunal habrá de tener particularmente en cuenta:

a) El volumen especialmente significativo o la complejidad de las operaciones afectadas o que pudieran verse afectadas.

b) La existencia de perjuicios que, de ejecutarse la sentencia en sus estrictos términos, se derivarían para la entidad y para la estabilidad del sistema financiero.

c) La existencia de derechos o intereses legítimos de otros accionistas, socios, obligacionistas, cuotapartícipes, acreedores o cualesquiera otros terceros, amparados por el ordenamiento jurídico.

Esto quiere decir que se limita la vía judicial a la Audiencia Nacional para denunciar la “quita” (es decir el canje que realizara el FROB y que todavía no esta definido) y que si el juez acepta esta vía (según el punto 2), como máximo si se le diera la razón al denunciante, este tendría derecho a recibir la diferencia entre lo que le abono el estado por el canje y lo que se le hubiera abonado en caso de a verse realizado un concurso de acreedores ( es decir, si el estado hace una quita del 60% y en consecuencia te dan un 40%, si ganaras el juicio, el juez haría una valoración de lo que te correspondería en caso de concurso de acreedores, y como este valor seguramente seria 0%...... ¿pues ya me dirás que base legal se podría utilizar para conseguir que te devuelvan el 100% del capital de la quita aplicada por el FROB)


 En consecuencia, la vía judicial civil / penal para reclamar la nulidad de los contratos originalmente firmados, queda sin ninguna alteración siempre y cuando no se acepte el canje voluntario que el gobierno obligara a realizar a través del RDL (vamos, que lo que deberíamos hacer es que el gobierno nos imponga el canje), con lo que podremos seguir denunciando la estafa de las que hemos sido objeto con las mismas condiciones que teníamos hasta antes del RDL….. Siempre y cuando el gobierno no se saque otro conejo=RDL de la chistera y modifique de nuevo las reglas del juego, algo que parece imposible (tantas cosas imposibles hemos visto ya……..)



3- El canje:



Lo que esta claro es que el canje será con perdidas para los tenedores de los productos financieros, el canje lo fijara el FROB, pero deberá ser autorizado por Bruselas, ya tenemos el antecedente de Irlanda (donde los inversores tuvieron que asumir perdidas en las entidades bancarias intervenidas, llegando a ser superiores al 70%), por desgracia, Bruselas no quiere oír nada de la estafa de la que hemos sido objeto, para ellos somos inversores minoristas y no nos consideran ahorradores / depositantes.



En ningún sitio del RDL se menciona lo que comento El ministro de Economía. Guindos insistió en que los canjes se deberán hacer a precios de mercado con una prima máxima del 10%. El decreto marca unas pautas, pero no da cifras. Lo que si indica es que los inversores asuman parte del saneamiento, «hasta donde sea posible», se lee en el decreto, con lo que el FROB podrá incluso ofrecer un canje peor al mencionado por el ministro de economía si lo considera necesario, es decir si el FROB considera que los acreedores no han asumido el coste suficiente, impondrá medidas de "reparto de la carga" más estrictas y además obligatorias



El valor del canje / producto por el que se canjeare no se sabrá hasta finales de Octubre / principios de Noviembre, lo que si sabemos ya a raíz del siguiente RDL es que el gobierno otra vez mas, ha decidido que los platos rotos los paguen todos los ciudadanos de este país (unos a través de estos productos financieros, otros a través de los recortes en sanidad / dependencia y todos a través de la subida de los impuestos como el IVA, IBI etc…)



4- La discriminación:



Los dueños de preferentes y de deuda subordinada perderán, de entrada, dinero respecto a su inversión inicial. Los dueños de deuda de más calidad, como la los bonos sénior o cédulas hipotecarias / territoriales y otros productos financieros (principalmente emitidos para  inversores institucionales) no tienen nada que temer, según el ministro. El canje al que hace referencia el RDL suma aproximadamente unos 4.500 millones de € (solo Bankia son entre 3.100 y 3.500 millones) para hacernos una idea de que esto son “miajas”, podemos compararlo con los 14.000 millones de € que emitió Bankia (ya como Bankia desde el 2.011 hasta el 2.012 incluso estando ya intervenida por el Estado) de Cedulas Hipotecarias exclusivamente emitidas para inversores institucionales…. Si tenemos en cuenta el resto de productos financieros emitidos por Bankia ( las 7 entidades) y el resto de las entidades intervenidas, ya podemos imaginarnos donde esta realmente la parte grande del pastel, pero claro, aplicar las mismas reglas a estos productos financieros emitidos casi en exclusividad para los inversores institucionales, significaría obligar a los inversores Alemanes / Franceses etc… a aceptar perdidas por sus inversiones en los productos financieros españoles y claro, esto no estaría muy bien visto en el resto de Europa…….Juzguen ustedes mismos



5- El futuro:



Se dificultará la comercialización de productos complejos de inversión como las preferentes, exigiendo que en cada colocación se comercialice el 50% entre inversores institucionales, además, el mínimo de inversión será de 100.000 euros para las sociedades no cotizadas y de 25.000 en las sociedades cotizadas (limitando de esta forma el acceso a los inversores minoristas)



Reconocen que se hizo mal, pero no son capaces de aceptarlo y mirar el pasado (el futuro es imposible de adivinar, pero el pasado si se quiere, se puede volver a ver como si hiciéramos un REPLAY y analizarlo tantas veces como sea necesario, para al final, reconocer los errores cometidos y compensar a todos los estafados / sufridores de estos productos financieros tóxicos) ¿Porque no hace este ejerció el Gobierno?.........


ESTAFABANCA/ JUAN CARLOS


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viernes, 31 de agosto de 2012

Concentración en la Fiscalía 30 de Agosto


La plataforma Estafabanca se ha concentrado hoy en las puertas de la delegación de la fiscalia situada en Pau Claris 158-160, con el fin de proceder a la entrega de un escrito al fiscal Superior de Cataluña, el Sr. Martín Rodríguez Sol, para solicitarle que actúe inmediatamente en la estafa cometida con los afectados por las preferentes y otros productos tóxicos, que tienen bloqueados sus ahorros, porque entendemos que se han de depurar responsabilidades y devolver el dinero a los estafados, dado que la inmensa mayoría no tienen el perfil de inversor y por tanto no se cumplió la normativa de la CNMV para vender estos productos de alto riesgo que constituyen una estafa descomunal.

 
Solicitamos además una reunión del fiscal con Estafabanca para poder tratar este asunto como corresponde y como se ha hecho en otras comunidades del territorio español, en las que fiscalía ya ha intervenido en este fraude constitutivo de delito contra minoristas ahorradores.
Se ha procedido a la lectura de este escrito y como no estaba abierto el registro se ha decidido que un grupo vaya mañana a entregarlo en horario de oficina.
También se han dado otras informaciones importantes como:
Información sobre el tema del decreto ley que el gobierno tiene previsto sacar el viernes, en el que se puede denegar incluso el derecho a la demanda judicial por la quita algo que nos parece del todo inconstitucional.

-Repartir un documento para entregar en las entidades con el que se nos protegería de futuros riesgos en la colocación de productos que no son aptos para el perfil de ahorrador, en ese documento se solicita expresamente que se abstengan de colocar estos productos de riesgo solicitando que se considere al que presenta este documento como ahorrador / depositante, y en consecuencia, solo se les permita contratar con esta entidad los productos NO CONSIDERADOS MiFID, como plazos fijos o cuentas corrientes según la nueva normativa de protección del inversor desarrolladas en la ley 47/2.007 con fecha 19/12/2.007 y el Real Decreto 217/2.008 con fecha 15/02/2.008.


 







-Se ha procedido a leer la respuesta que ha dado la Generalitat a la plataforma en contestación a la solicitud que la plataforma le entregó el día 16 de julio en la Generalitat, respuesta que consideramos vacía y que no aporta soluciones a esta estafa.
http://estafabanca.blogspot.com.es/2012/08/blog-post.html


-Se ha explicado la manifestación de carácter estatal que tendrá lugar en Valencia el día 15 de septiembre a la que vamos a acudir para protestar conjuntamente con el resto de comunidades.

-Se ha informado de la recogida de firmas que partió de la comunidad gallega dirigida al defensor del pueblo europeo, y que ha sido extendida por todo el territorio español. Ya el pasado jueves se recogieron firmas y el que no firmó pudo hacerlo hoy.

A esta concentración-manifestación de hoy han acudido también nuestros compañeros de Estafabanca Mataró con una asistencia de más de 150 personas, después nos hemos dirigido hacia la plaza Cataluña acompañados como de costumbre por la policía que se ha visto obligada a cortar el tráfico de vías importantes.
Ha empezado a llover intensamente cuando llegábamos ya a Plaza Cataluña pero el tiempo nos ha permitido realizar todo el acto con normalidad.


 

Carta al Fiscal Superior de Catalunya

FISCALIA SUPERIOR DE CATALUNYA
Pau Claris, 158-160
Barcelona  08021


Ante el impacto económico y la desprotección que los afectados por las Participaciones Preferentes están sufriendo por la inoperancia de los Organismos competentes, CNMV, Banco de España, El Gobierno, La Agencia Catalana de Consum, El Parlament de Catalunya y la propia Fiscalia, la plataforma ESTAFABANCA  solicita al fiscal Superior de Catalunya, Sr. Martin Rodriguez Sol,  con carácter urgente lo siguiente:

1º Una propuesta definitiva y a corto plazo de los Organismos competentes responsables  que presione a los bancos para  invalidar todos los contratos de las Participaciones Preferentes, Deuda Subordinada y otros productos tóxicos, en los que hubiera habido vicio, falta de consentimiento y mala praxis, irregularidades todas ellas demostrables y en las que han incurrido prácticamente todos los bancos en la mayoría de los contratos suscritos.

Esta invalidación de contratos, la exigimos tanto para los bancos intervenidos como para los no intervenidos, ya que la mala praxis, el vicio y la falta de consentimiento (contratos  con firmas falsificadas) en la contratación de estos productos,  ha existido  también en los bancos no intervenidos actualmente.

El propósito de los tenedores de estos depósitos,  nunca fue invertir los ahorros de toda una vida en productos de riesgo, ya que carecían de perfil  inversor, fue la falta de liquidez de los bancos  y la necesidad de aumentar su capital core,  la causa de que 52 entidades actuaran sólo en su propio interés y en perjuicio de los intereses de sus clientes forzándoles con engaños y artimañas a que los contrataran.

2º Apelamos a su relevancia constitucional en defensa de la legalidad de los derechos de los ciudadanos y el interés público tutelado por la Ley de oficio y a petición de un millón de familias, a que las entidades bancarias paralicen de una vez por todas la comercialización de estos productos tóxicos que se siguen comercializando a fecha de hoy con mala praxis y con total impunidad entre ahorradores minoristas.

Si permiten a las entidades seguir con la engañosa comercialización de estos depósitos de riesgo,  el desamparo de toda la población quedará a merced de los bancos y personas inocentes que no tuvieron nada que ver con esta estafa indiscriminada  (denominada así por el Parlament de Catalunya) estarán abandonados a su suerte por la negligencia de las autoridades competentes de su propio país.

En atención a todo lo expuesto y a consecuencia de que la Fiscalía de Catalunya aún no se ha pronunciado, es necesario de forma inminente que nos  atiendan, como se ha hecho en otras comunidades del territorio español, en las que fiscalía ya ha intervenido en este fraude constitutivo de delito contra minoristas ahorradores.

Apelamos a la responsabilidad que les compete para  que intervengan en este problema de gran repercusión social  y que está originando  una tragedia sin precedentes contra los intereses de la ciudadanía.

La Plataforma Estafabanca

Barcelona 30 de Agosto 2012

Respuesta de la Generalitat a la plataforma en contestación a la solicitud que la plataforma le entregó el día 16 de julio en la Generalitat


miércoles, 29 de agosto de 2012

SOLICITUD A LA ENTIDAD BANCARIA PARA QUE SE NOS CUALIFIQUE COMO AHORRADOR / DEPOSITANTE

Solicitud para que, a partir de ahora, la entidad bancaria nos cualifique como ahorradores / depositantes y en consecuencia se nos limite a la contratación de los productos indicados en el punto 2.  Hay dos opciones, una para los que ya tengan planes de pensiones y la segunda para los que no lo tengan:


a) Con la opción de poder contratar planes de pensión (exclusivamente dirigido a aquellos estafados que ya hayan contratado este producto y que no pueden anular excepto por lo indicado según la ley )






SOLICITUD A LA ENTIDAD BANCARIA PARA LA CUALIFICACION
COMO AHORRADOR / DEPOSITANTE
Don/Doña _________________________________________ con DNI _____________

con domicilio en ________________________________________ localidad

__________________________ CP __________________, a través del siguiente

escrito vengo a solicitar de la entidad bancaria ___________________________________ lo siguiente:
1- Que se me considere, a todos los efectos, como ahorrador / depositante, perfil que siempre hemos tenido, y en consecuencia, solo se me permita contratar con esta entidad los productos NO CONSIDERADOS MiFID detallados en el punto 2 del presente escrito, según la nueva normativa de protección del inversor desarrolladas en la ley 47/2.007 con fecha 19/12/2.007 y el Real Decreto 217/2.008 con fecha 15/02/2.008.
2- Según lo anteriormente citado, solo doy mi aprobación para contratar los siguientes productos:
a) Cuentas corrientes y libretas de ahorro, así como tarjetas de crédito/debido asociadas a las mismas.
b) Imposiciones a plazo fijo.
c) Planes de pensiones.
3-Este documento tendrá validez a todos lo efectos desde su presentación hasta la revocación del mismo realizada por el mismo conducto.
Firmado por ambas partes (y en caso de la entidad sellado) por duplicado en

__________________________________________ con fecha _________________________


EL CLIENTE
Don/Doña___________________________________________________ DNI ______________
POR PARTE DE LA ENTIDAD




b) Sin la opción de poder contratar planes de pensión (para estafados que no hayan contratado estos productos financieros y que así, limiten la opción de poder hacerlo)



SOLICITUD A LA ENTIDAD BANCARIA PARA LA CUALIFICACION
COMO AHORRADOR / DEPOSITANTE
Don/Doña _________________________________________ con DNI _____________

con domicilio en ________________________________________ localidad

__________________________ CP __________________, a través del siguiente

escrito vengo a solicitar de la entidad bancaria ___________________________________ lo siguiente:
1- Que se me considere, a todos los efectos, como ahorrador / depositante, perfil que siempre hemos tenido, y en consecuencia, solo se me permita contratar con esta entidad los productos NO CONSIDERADOS MiFID detallados en el punto 2 del presente escrito, según la nueva normativa de protección del inversor desarrolladas en la ley 47/2.007 con fecha 19/12/2.007 y el Real Decreto 217/2.008 con fecha 15/02/2.008.
2- Según lo anteriormente citado, solo doy mi aprobación para contratar los siguientes productos:
a) Cuentas corrientes y libretas de ahorro, así como tarjetas de crédito/debido asociadas a las mismas.
b) Imposiciones a plazo fijo.
3-Este documento tendrá validez a todos lo efectos desde su presentación hasta la revocación del mismo realizada por el mismo conducto.
Firmado por ambas partes (y en caso de la entidad sellado) por duplicado en

__________________________________________ con fecha _________________________.
EL CLIENTE
Don/Doña___________________________________________________ DNI ______________
POR PARTE DE LA ENTIDAD





Deberían llevarlo todos los estafados a su entidad bancaria, y si el director se niega a sellarlo/firmarlo (como mínimo sellarlo), hacer una reclamación al SAC con el siguiente texto:



Don, ______________________________________, con DNI_________________, procede a través del siguiente escrito a contactar con el SAC (Servicio de Atención al Cliente) para reclamar la admisión del documento de SOLICITUD A LA ENTIDAD BANCARIA PARA LA CALIFICACION COMO AHORRADOR / DEPOSITANTE (el cual adjuntamos a dicha reclamación)  debidamente firmada por el que suscribe dicha reclamación, ya que  el director de la oficina  Nº ________ de la entidad _______________, se ha negado a tramitarla. Entiendo que al realizar la siguiente reclamación ya queda constancia de nuestra confirmación y aceptación por parte de la entidad.



En _______________________________        Muy atentamente,     ________________________




Si se negaran a sellarlo adjunto con la reclamación al SAC, se hace reclamación oficial Generalitat y se adjunta a la misma, y si o si deben sellarla, si no lo hacen, se avisa a la policía local y deben sellarlo.

Nota aclaratoria: ¿Por qué no hay que contratar planes de pensión para los que no los tengan todavía? El depositario solo custodia los valores luego si este quebrase el inversor podría recuperar su inversión (al valor liquidativo de esa fecha, obviamente el riesgo de mercado lo asume el inversor en todos los casos). La única excepción a esto es un caso en el que la sociedad de valores o gestora de inversiones no tenga en su poder los activos confiados y no pudiera por tanto devolvérselos al inversor, lo que sería básicamente un acto ilegal (fraude). En el caso en que una sociedad de valores, agencia de valores o sociedad gestora de inversiones entre en una situación de concurso de acreedores o declaración de insolvencia por parte de la CNMV y, y como consecuencia de ello, algún cliente no puede obtener la devolución o entrega del efectivo y valores confiados a dicha entidad, el Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN) indemnizaría a tales clientes con un importe máximo de 100.000 euros (lógicamente nunca recibirían más del valor de mercado de sus inversiones en ese momento). No obstante, el FOGAIN no cubre con esta garantía a los fondos de pensiones.

lunes, 27 de agosto de 2012

Convocatoria 30 de Agosto en la Fiscalía superior de Catalunya

Aviso a navegantes de EstafaBanca: se recuerda que este jueves día 30 de agosto la plataforma EstafaBanca convoca una nueva protesta a las 18:00 horas delante de la Fiscalía Superior de Catalunya, en la Calle Pau Claris nº 160 (entre Mallorca y València).

Esta vez se trata, por un lado, de presionar de nuevo para que el Fiscal Superior de Catalunya, el Sr. Martín Rodríguez Sol, nos reciba y comience a ejercer sus funciones delante del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en relación a la estafa de las participaciones preferentes.


Por otro lado, también se trata de presionar para evitar que el Gobierno de España limite nuestro derecho a denunciar la estafa de las participaciones preferentes, tal como tratará de hacer al día siguiente (viernes 31 de agosto) a través de la aprovación de un nuevo decreto.