domingo, 29 de abril de 2012

El "préstamo tóxico" de CAIXABANK (La Caixa)


Por Luisa Vicente:

"Si aceptamos el préstamo, prepararos para oir al  Fainé como se le llena la boca diciendo en todos los medios las  "buenas acciones" que ha ha hecho La Caixa  con sus preferentistas. Enmascarará la mentira con "verdad" diciendo que nos ha llenado los bolsillos   y cuando la gente nos siga  viendo en la calle con movilizaciones pensaran que estamos locos y que no sabemos ni lo que queremos. Titánico trabajo nos espera para  explicar de nuevo que ese préstamo sólo les favorece a ellos y con apariencia de "ayuda", nos  utilizan  para seguir ganando dinero. No olvidéis lo que dijo Nuria,  el préstamo del Banco de España a la Caixa les supondrá un interés del 1% mientras que  nosotros le pagaremos a la Caixa el 4%, como veis negocio redondo para los indeseables.
Tened encuenta que La Caixa no nos está dando lo que más nos favorece, sino lo que más les favorece a ellos.

Otra cosa, si el Fainé ha tenido la barra de decir a todos los medios que el 98 % ha aceptado el canje y que el problema de las preferentes lo han solucionado a plena satisfacción para todos, imaginaros la carnaza que le damos si aceptamos el préstamo. Nos dejará sin armas para seguir exigiendo nuestro dinero.
Reflexionad todo esto."
Clausulas de una de las propuestas
Contrato de pignoración - 
Derechos valores y participaciones en Fondos de Inversión 
Cláusulas adicionales anexas al contrato principal que se identifica al dorso del presente documento.
1. Los titulares de la operación ofrecida en garantía pignoran, a favor de Caixabank, S.A., en adelante, "la Caixa", los derechos valores que se identifican, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que por capital, intereses, comisiones y gastos se deriven del contrato principal. Los derechos valores o, en su caso, la libreta en la que constan anotados o el certificado de participación emitido por la entidad gestora, quedan en posesión de "la Caixa", comprometiéndose ésta a facilitar la libreta para la realización de aquellos actos que no supongan menos cabo de la garantía constituida o se refieran a operaciones no afectadas por el presente contrato.

2.  La  prenda  se  extiende  al  importe  de  los  derechos  valores  pignorados  que de acuerdo con las condiciones de su emisión  resulten  amortizados  o,  por cualquier causa, reembolsados antes del pago a "la Caixa" de todas las obligaciones aseguradas del contrato principal. En estos casos, la parte pignorante autoriza irrevocablemente a “la Caixa” para que pueda aplicar  el importe de la amortización o reembolso de los valores pignorados al pago de todas las obligaciones de carácter económico, vencidas o no, que deriven del contrato principal.

Dicho  importe,  una  vez  deducidos  gastos,  deberá  ser   ingresado  por  "la  Caixa"  en  una  cuenta especial abierta a nombre de los mismos titulares, que será   identificada mediante intervención de fedatario público, apoderando, a tal fin, irrevocablemente a "la Caixa" para que los represente. Los derechos de crédito ostentados  por  la  parte  pignorante  sobre  el  saldo  de  dicha  cuenta  quedan,  desde  ahora  para  entonces, pignorados,  respondiendo  en  los  mismos  supuestos  y  con  idéntico  alcance  y  condiciones  que  los  derechos valores dados en prenda.

Así mismo, cuando los derechos valores pignorados sean obligaciones subordinadas necesariamente convertibles en acciones, la prenda también se extenderá a las acciones que se atribuyan a la parte pignorante resultantes del proceso de conversión que se realice de acuerdo con las condiciones de emisión de dichos derechos valores.

3. Si todos o algunos de los derechos valores pignorados sufrieran, en su valor o cotización, una bajada igual o  superior  al  porcentaje  que  se  indica  en  condiciones  particulares  en  relación  a  su  valor  de  hoy, debe reponerse la diferencia, a satisfacción de "la Caixa" con otros derechos valores cuyo precio corriente cubra o garantice a "la Caixa" en igual proporción en que hoy lo está. En el caso de no hacerse la reposición en los tres  días  hábiles  siguientes  al  requerimiento  que,  a  tales  efectos,  debe   efectuarse  al  titular  del  contrato principal y, de ser distinto, también a la parte pignorante, se tendrá  por vencido el contrato principal y podrá exigirse o hacerse efectivo el cumplimiento de las obligaciones que del mismo se deriven.

43. En el supuesto de que se incurra en la falta de pago del contrato principal, "la Caixa" queda autorizada para aplicar  hasta  donde  proceda  los  derechos  valores  pignorados  así  como  sus  rendimientos,  en  su  caso,  para resarcirse  de  los  importes  derivados  de  las  obligaciones  vencidas  y  no  satisfechas.  Si  el  producto  de  la realización de la garantía no se ajustara exactamente al importe de la reclamación, el sobrante se abonará  en el depósito asociado abierto en "la Caixa". Todo ello sin necesidad de iniciar reclamación previa alguna, judicial ni extrajudicial, ni de que concurra el titular de dicha garantía, aunque deberá notificársele previamente, sin impedir  ni  enervar  la  facultad  de  la  reclamación  del  pago  de  lo  debido  por  cualesquiera  procedimientos judiciales o extrajudiciales, en el caso de que la garantía no hubiera sido suficiente.

54.  Al  vencimiento  total  aunque  sea  anticipado,  del  contrato  principal,  si  la  parte  deudora  no  cumpliera,  "la Caixa" podrá vender o instar a la entidad gestora a su venta en el mercado organizado oficial, en su caso, sin previo aviso, en la forma y términos prescritos en los art. 320 al 324 del Código de Comercio los derechos valores pignorados y con su producto reembolsarse las sumas que se le adeuden, sin necesidad de someterse para ello al plazo establecido en el párrafo 3º del art.  322 del Código de Comercio.

65. En el supuesto de que los derechos valores pignorados no cotizasen en Bolsa, la ejecución extrajudicial de la prenda se efectuará  mediante subasta pública de conformidad con lo establecido en el título XV del libro 4º del Código Civil, tasando la garantía en el propio valor nominal de los derechos valores.

76. La venta de la garantía se limitará a los derechos valores necesarios para satisfacer las responsabilidades aseguradas, si bien podrá ordenarse la enajenación por lotes, en una o más veces, hasta conseguir el producto suficiente, o bien, a criterio de "la Caixa", optar por esperar que vayan amortizándose.

87.  En  el  supuesto  de  que  la  prenda  hubiera  pasado  a  recaer  sobre  el  crédito  representado  por  importes abonados  en  cuenta,  en  caso  de  ejecución  de  la  prenda,  "la  Caixa"  podrá  compensar  con  cargo  al  saldo pignorado y  podrá aplicar, cuantas  veces proceda, tanto  dicho saldo como  los intereses  devengados por la misma para resarcirse de los importes derivados de las obligaciones vencidas y no satisfechas.  Todo ello sin necesidad de iniciar reclamación previa alguna, judicial ni extrajudicial, ni de que concurra el titular de dicha garantía, aunque deberá notificársele previamente, sin impedir ni enervar la facultad de la reclamación del pago de lo debido por cualesquiera procedimientos judiciales o extrajudiciales, en el caso de que las garantías no hubieran sido suficientes.

98. En caso de realización de la prenda, no será exigible imputación alguna del producto obtenido al pago del capital  hasta  que  hayan  sido  íntegramente  satisfechos  todos  los  demás  conceptos  garantizados  y,  en particular, los intereses, tanto  ordinarios como de demora. No  obstante, "la Caixa", voluntariamente, podrá efectuar, en una o varias ocasiones, una imputación más beneficiosa para el deudor, sin que ello suponga en ningún caso el derecho de éste para exigir tal imputación en el futuro.

109. Todos los gastos e impuestos derivados de  la formalización  de la presente póliza serán satisfechos por “la Caixa”El titular del contrato principal asume a su cargo, solidariamente con la parte pignorante, si fuera distinta, los gastos e impuestos de cualquier clase que deriven de la formalización de la garantía que se constituye en estas  cláusulas  adicionales,  así  como  también  los  de  la  realización,  judicial  o  extrajudicial,  de  la  prenda, incluidos los que provengan de la intervención, sea o no preceptiva, de abogado y procurador..

1110. La garantía prendaria es indivisible a todos los efectos aunque sean varios los obligados principales y, en consecuencia,se  pacta  expresamente  la  no  admisión  de  la  liberación  parcial  de  los  derechos  valores  que  la constituyen.

1211. En  el  caso  de  que  los  derechos  valores  pignorados  están  representados  por  Anotaciones  en  cuenta,  la parte pignorante autoriza expresamente a "la Caixa" para que notifique la presente pignoración al Organismo oficial competente.

1312. La parte pignorante manifiesta que es dueña y tiene la libre disposición de los derechos valores reseñados
y que se encuentran libres de cargas y gravámenes.

PÀG. 1/2


1413. Autorización para la venta de los derechos valores. Sin perjuicio de lo establecido en las anteriores cláusulas adicionales, la parte pignorante autoriza a “la Caixa”, de forma irrevocable, para que en su nombre proceda a la venta de los derechos valores pignorados a través del mercado secundario oficial que en cada caso corresponda. 


La autorización que aquí se concede solo podrá ejercitarse si, atendida la cotización del derecho valor, el importe que se vaya a obtener con la venta de dichos valores, deducidos los gastos, comisiones y cualquier otro concepto que corresponda de acuerdo con las normas que regulen su venta y liquidación, sea igual o superior al valor nominal del
 derecho valor pignorado. 

Cuando los derechos valores pignorados sean obligaciones subordinadas necesariamente convertibles en acciones y éstas ya se hubieren convertido en acciones de acuerdo con el calendario de conversión establecido en las condiciones de emisión de dichos valores, el valor nominal que deberá de tenerse en consideración a los efectos antes expresados será el valor nominal de las  obligaciones subordinadas inicialmente pignoradas.  

La presente autorización se extenderá, en su caso, a las sucesivas prórrogas, quedando sin efecto al vencimiento final de contrato principal.estará en vigor durante todo el plazo de duración de contrato principal y mientras reste pendiente de pago cualquier obligación derivada del mismo.  

“La Caixa” podrá hacer uso de la presente autorización cuando así lo considere conveniente siempre que se cumplan las condiciones indicadas, no siendo necesario para ello que, con carácter previo, se haya producido ningún incumplimiento por parte del titular del contrato principal. En todo caso, el importe que se obtenga con la venta de los derechos valores pignorados deberá destinarse hasta donde alcance, al pago de cualquier obligación de carácter económico, vencida o no, que derive del contrato principal.   

Los gastos que, en su caso, se generen por la venta de los derechos valores pignorados y/o la amortización o cancelación del contrato principal serán de cargo del titular del contrato principal.

Caixabank, S.A.  Av. Diagonal, 621 08028-Barcelona  NIF A08663619
Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 42657, folio 33, sección B, hoja B-41.232, inscripción 109

viernes, 27 de abril de 2012

Se pospone la okupación de Kan Fainé por “razones de salud”


El delikado estado de salud de una de las estafadas más keridas de la plataforma, aconseja aplazar la posible Okupación de Kan Fainé hasta el próximo 2 de junio.
Deseamos que se rekupere bien y a tiempo para que nos akompañe como siempre en todas y kada una de las akciones que realicemos.

Rekuperate pronto y recibe toda nuestra energía...

Plataforma EstafaBanka

domingo, 22 de abril de 2012

PREPARANDO ESTAFAFORUM:"La cara oculta de la Banca"










"EL VERDADERO ROSTRO DE LA GRAN ESTAFA"

Dedicada a nuestra compañera de EstafaBanca Mollet, que el pasado Jueves 19 de abril fue hospitalizada al sufrir una crisis nerviosa mientras nos concentrábamos frente a la Junta General de accionistas de Caixabank (en la Fira 2 de Barcelona) 

Tomó el megáfono para expresar su indignación y cayó fulminada presa de un fuerte ataque de ansiedad, que le ha hecho perder el conocimiento desplomándose de forma súbita...
Tres rostros, tres miradas, tres expresiones: indignación, rabia, impotencia (frente a la CNMV-Borsa de Barcelona el pasado 17 de abril) 
¿Quién tiene nuestros ahorros? 
¿Dónde están las Islas Caimán? SI nosotros nunca salimos de España...
¿Dónde está la justicia? 
¿Quien nos representa?
¿Quien maquinó esto contra nuestros mayores no puede quedar impune?
Tantas y tantas preguntas por contestar... desconfianza, tristeza, desilusión
Pero... llegaremos hasta el final! ya lo creo que llegaremos...
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Fotografias: Nuria, Salva y Jordi
Textos: Nuria y Miquel









jueves, 19 de abril de 2012

La junta general de accionistas de CaixaBank se cobra su primera víctima


Esto es lo que ha escrito Luisa Vicente en el facebook.


Acabo de llegar de la manifestación en la Fira de Barcelona, Gran Via 2 donde se celebraba la Junta de Accionistas de CaixaBank.

Eramos aproximadamente unas 150 personas equipadas con pancartas, megáfonos, octavillas informativas para repartir, pitos y sobre todo con muchas ganas de que se oyeran nuestras indignadas voces.

La entrada al reciento estaba franqueada por un gran número de agen...tes del cuerpo de seguridad privada, y en la parte superior del edificio , varios guardias de seguridad oteaban el horizonte a modo de castillo medieval blindado para tener todo controlado.

Viendo este despliegue de seguridad, me planteaba porqué un acto tan sencillo como una junta de accionistas de un banco, tenía que estar tan protegido.
Efectivamente, lo habeis adivinado, cuando algo no se ha hecho bien y los causantes del daño tienen miedo , se protegen. Esto es sencillamente lo que ha hecho La Caixa durante las dos horas que hemos permanecido allí pidiendo algo muy simple, que nos devuelvan nuestros ahorros.

El ambiente se iba caldeando por momentos, los manifestantes crispados por las risas, la indiferencia o las mofas de los accionistas que iban entrando y saliendo del recinto, todos ellos con una bolsa de la Caixa y dentro el consabido regalito, ha llegado un momento que no podiamos superar la rabia y la indignación ante tanta injusticia.

Una compañera nuestra, una mujer de unos 75 años, con el pelo cano, muy implicada en la causa, ha cogido un micro para expresar su indignación y ha llegado un momento que no ha podido superar el nerviosismo y la impotencia y a causa de esto ha sido victima de un ataque de ansiedad que ha hecho que cayera al suelo y perdiera el conocimiento.


Miembro de la plataforma EF hospitalizada


Los manifestantes estábamos indignados, revelados ante tamaña injusticia y pedíamos a gritos a través de los megáfonos que alguien socorriera a nuestra compañera y que viniera una ambulancia urgentemente.

Nuestra exigencia a que se haga justicia no es un juego, no es una petición gratuita y sin argumentos, nuestra petición es justa y merecida porque la razón nos asiste.
No pueden atentar contra la salud de nuestros mayores de esta manera. Hay mucha gente que está siendo victima, al igual que nuestra compañera, de situaciones de pánico, y necesitan incluso de un tratamiento psiquiárico y farmacológico contra la ansiedad, el stress, la falta de sueño, la ausencia de apetito, las subidas de tensión etc.

Nuestra compañera ahora está ingresada en el Valle Hebrón y no sabemos cuando saldrá de allí, mientras los altos ejecutivos de La Caixa están celebrando por todo lo alto el evento en torno a una buena mesa con una comida de gourmet, vinos de primera clase, y servicio vip por todo lo alto. Todo esto con el dinero que nos han robado.

Si esto es democracia, yo soy la Blancanieves. ..............................


Desde la plataforma EB se le desea una rápida recuperación.

miércoles, 18 de abril de 2012

Inminente limpieza de directivos “bancarios”


Según la información de un alto directivo de la tercera entidad de la banca catalana (casualmente pariente muy próximo de una estafada), la inmediata reestructuración del mercado financiero español y la reforma laboral, servirá para “deshacerse” de más de 3000 directivos de las entidades españolas fusionadas.

Este mismo alto directivo asegura, que los primeros en ser depurados serán aquellos responsables del mayor numero de irregularidades cometidas en la contratación de productos financieros complejos, que normalmente coincide con las oficinas de mayor grado de conflictividad con su clientela “estafada” a la hora de resolver las quejas por la comercialización de participaciones preferentes, deuda subordinada y otros productos tóxicos.

Esta masiva tanda de despidos de directivos “bancarios”, parece ser que quedará concluida antes de final de 2012.

En los próximos días y tras contrastar suficientemente la información, seguiremos informando de este asunto.

Fainé, antes de abrir la boca ...

Fainé, antes de abrir la boca en la Junta General de Accionistas:

“Debería usted considerar que la ciudadanía es muy consciente del dinero público que les estamos inyectando para salvar su salario de usted, su culo de usted, su sillón de usted, sus retribuciones especiales de usted, su automóvil con chófer de usted y su jubilación multimillonaria de usted, entre otras bagatelas de usted."

Y que ese dinero se suma a los miles de millones de euros que ustedes han secuestrado a 1.000.000 de modestas familias ahorradoras.

"Abans d'obrir la boca, vostè hauria de considerar que la ciutadània és molt conscient dels diners públics que els estem injectant per salvar el seu salari de vostè, el seu cul de vostè, la seva butaca de vostè, les seves retribucions especials de vostè, el seu automòbil amb xòfer de vostè i la seva jubilació multimilionària de vostè, entre altres bagatel·les de vostè."

I que aquests diners se suma als milers de milions d'euros que vostès han segrestat a 1.000.000 de modestes famílies estalviadores.


"Before you open your mouth, you should consider that the public is well aware of public money that we are injecting to save their earnings for you, her ass for you, your chair for you, your special rewards you, your car with chauffeur you and your retirement multimillionyou, among other trifles of you. "



And that money is in addition to the billions of euros that you have kidnapped families of modest saving 1,000,000.

domingo, 15 de abril de 2012

Poder de la Banca, Estado de Derecho, Botín y Rajoy

Decíamos ayer que para que un Estado de Derecho sea efectivo es necesario que:  
        a) el derecho sea el principal instrumento de gobierno
        b) la ley sea capaz de guiar la conducta humana 
        c) los poderes interpreten y apliquen la ley de forma coherente.


También decíamos que algunos tenemos la impresión de que en la actualidad, probablemente, hemos vuelto al “estado absolutista”, donde el PODER DE LA BANCA se encuentra por encima de toda la ciudadanía y puede ordenar y mandar a su antojo, sin ningún otro poder que le haga contrapeso real.


Y no lo decíamos por decir, porque tenemos un ejemplo más que se añade al que explicabamos ayer: 
  1. Por un lado, el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha admitido a trámite una denuncia presentada por la Fiscalía Anticorrupción contra Botín y sus cinco hijos, por presunto delito contra Hacienda y falsedad.
  2. Y por el otro lado, la aministia fiscal decretada por el Gobierno de Mariano Rajoy puede beneficiar a Emilio Botín y a su familia y deja ver claramente la complicidad del Estado de Derecho con las grandes fortunas, la banca y las grandes corporaciones.

Según parece,  "el Decreto de medidas fiscales para reducir el déficit público está redactado de tal manera que beneficia a los titulares de las cuentas opacas en la filial del banco británico HSBC en Suiza, entre ellos, Emilio Botín, propietario y presidente del Banco Santander. El decreto se produce después de que el Gobierno de Rajoy fichase al que era director general de la asesoría jurídica del grupo Santander: Jaime Pérez Renovales, para hacer de subsecretario de presidencia. Botín parecía tener información confidencial cuando aseguró, durante la pasada junta de accionistas, que esperaba que su asunto, y el de sus familiares, fuera archivado "pronto. Pérez Renovales pertenece al Cuerpo de Abogados del Estado".

Recordemos que ayer decíamos que el Estado de Derecho es una respuesta a los Estados absolutistas, caracterizados por la ausencia de libertades, la concentración del poder y la irresponsabilidad de los titulares de los órganos del poder… 

Y te preguntábamos ayer:  
¿Dónde tienes la impresión de encontrarte ahora mismo, bajo el amparo de un Estado de Derecho  o sometido al poder de un Estado Absolutista "reinado" por la Banca privada?



Para saber mucho más, reir y llorar:

La Audiencia Nacional investigará a Emilio Botín y su familia por fraude fiscal:
http://www.lavanguardia.com/economia/20110616/54171342652/la-audiencia-nacional-investigara-a-emilio-botin-y-su-familia-por-fraude-fiscal.html#.T4tTe5bpDbA.gmail


L'amnistia fiscal decretada pel Govern de Mariano Rajoy pot beneficiar Emilio Botín i posa sobre la taula la connivència de l’estat amb les grans corporacions





Polònia: Bienvenido Mr. Defraudador








El poder de la Banca y el Estado de Derecho


Un Estado de Derecho es aquel en el que sus autoridades se rigen, permanecen y están sometidas “únicamente” al derecho vigente (es  lo que se conoce como un Estado de Derecho formal, en el que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público).

Para que un Estado de Derecho sea efectivo es necesario:

  1. Que el Derecho sea el principal instrumento de gobierno.
  2. Que la ley sea capaz de guiar la conducta humana.
  3. Que los poderes la interpreten y apliquen congruentemente.

El Estado de derecho surgió por oposición al Estado absolutista, donde el rey se encontraba por encima de todos los ciudadanos y podía ordenar y mandar sin ningún otro poder que le hiciera contrapeso. El Estado de derecho, en cambio, supone que el poder surge del pueblo, quien elige a sus representantes para el gobierno.

Tenemos la impresión de que en la actualidad, probablemente, hemos vuelto al “estado absolutista”, donde el PODER DE LA BANCA se encuentra por encima de toda la ciudadanía y puede ordenar y mandar a su antojo, sin ningún otro poder que le haga contrapeso real.
El monarca pidió asistir a la reunión mensual del Consejo Empresarial para la Competitividad (CEC),

La noción de DEMOCRACIA, es un concepto íntimamente relacionado con el Estado de derecho, ya que supone que el pueblo tiene el poder y lo ejerce participando en la vida pública, por ejemplo mediante las elecciones, cuando elige a sus representantes.   Pero hay que tener en cuenta, que la democracia no implica que exista un verdadero Estado de derecho. Un líder puede llegar al poder por vías democráticas y después “abolir en la práctica” el Estado de derecho por presiones de los “grandes grupos de poder” (en Alemania ocurrió entre1933 y 1945).

Como ejemplo, baste el "silencio clamoroso" del gobierno central y gobiernos autonómicos, del Banco de España, de la CNMV y los partidos mayoritarios delante del escandaloso fraude o posible estafa de las participaciones preferentes, deuda subordinada y otros productos tóxicos.

El concepto de Estado de Derecho es una respuesta a los Estados absolutistas, caracterizados por la ausencia de libertades, la concentración del poder y la irresponsabilidad de los titulares de los órganos del poder… 

¿Dónde tienes la impresión de encontrarte ahora mismo
 bajo el amparo de un Estado de Derecho
 o sometido al poder de un Estado Absolutista?

Para saber más:

El precio de enfrentarse al poder de la Banca. 
José Luis Burgos – ATTAC Acordem.
http://www.attac.es/2011/06/16/el-precio-de-enfrentarse-al-poder-de-la-banca/
El imparable poder de la banca .Rafael García Borreguero*
http://www.revistapueblos.org/spip.php?article1064
La banca culpable. Vicenç Navarro
http://blogs.publico.es/dominiopublico/2864/la-banca-culpable/
Arcadi Oliveres: “Hemos dado a la banca 4.600.000.000.000 $, suficiente para acabar con el hambre 92 veces”
http://realidadeconomica.es/arcadi-oliveres-hemos-dado-a-la-banca-4-600-000-000-000-suficiente-para-acabar-con-el-hambre-92-veces/
Poder financiero y poder mediático: banca y grupos de comunicación. Los casos del SCH y PRISA (1976-2004) Almiron Roig, Núria
http://tesisenred.net/handle/10803/4191   http://tesisenred.net/bitstream/handle/10803/4191/nar1de1.pdf?sequence=1
EL PODER DE LA BANCA
http://hurtadomoya.blogspot.com.es/2012/01/el-poder-de-la-banca.html
REDES DE PODER ECONÓMICO EN EUROPA
Josep A. Rodríguez, 
Julián Cárdenas, 
Christian Oltra
http://www.ub.edu/epp/redes/poder.PDF
Cadenas humanas contra el poder de la banca
http://www.tlaxcala-int.org/article.asp?reference=6212
Desproporción del poder de negociación de la banca en la creación del derecho jurídico en Bankimia
http://blog.futurfinances.com/2011/02/desproporcion-del-poder-de-negociacion.html
Corralito del dinero, consecuencias del endeudamiento y la desconfianza
http://blog.futurfinances.com/2011/09/corralito-del-dinero-consecuencias-del.html




lunes, 9 de abril de 2012

La salud empieza a pagar el precio de la “gran estafa” (1ª parte)

Son un matrimonio de 83 y 85 años, solo él cobra pensión por jubilación, tienen una hija y un hijo a su cargo: ella padece una enfermedad psíquica y él es otro parado más de larga duración, ambos son de mediana edad. Tienen 70.000 euros en un plazo fijo "doble ahorro combinado": participaciones preferentes, deuda subordinada y obligaciones, todo ello en la CAM (Caja de Ahorros del Mediterráneo). Ambos ancianos padecen ansiedad y depresión provocada por la situación en la que se encuentran.


Son una pareja de 82 y 87 años, les colocaron unas participaciones preferentes por un importe de 90.000 euros y dos deudas subordinadas de 47.000 y 18.000. En Caja Madrid se lo vendieron como un depósito a plazo fijo. Ahora con la crisis se encuentran en una situación de necesidad económica para ayudar a sus dos hijas, no pueden recuperar sus ahorros y eso ha provocado dos crisis cardiacas a Mercedes G.H. y creen que una tercera puede ser la definitiva.


Tiene 51 años, es un desempleado más de larga duración, se siente estafado por parte de padres en la Caixa (participaciones preferentes)  y también a nivel personal, ya que su pareja y él han “cedido generosamente” gran parte de sus ahorros (procedentes de una indemnización por despido) a Catalunya Caixa,  que les otorgó el privilegio de disfrutar de sus participaciones preferentes y su deuda subordinada. Ha sido diagnosticado de fase de "hipomanía con ansiedad, insomnio e hipertensión" (que jamás había padecido hasta ahora). Ha sido derivado por su médico de familia del Institut Català de la Salut, a la unidad de Psiquiatría para valoración y tratamiento.


AVISO IMPORTANTE!!!


Se recomienda a todas las personas que se sientan estafadas, que recopilen todos los informes médicos relacionados con su posible deterioro de la salud DERIVADO de esta situación.